Escoger el régimen fiscal es una de las primeras decisiones contables que tienes que hacer al iniciar tu consulta privada.
Es importante conocer las diferencias de cada uno de los regímenes para tomar la mejor decisión. Dejar esta elección en manos de un contador que no tiene experiencia en el ramo de la salud puede costarte mucho dinero en impuestos.
Las dos opciones disponibles son:
- Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
- Régimen de Actividad Empresarial y Profesional
Ambos regímenes varían en la manera de calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este es el impuesto que todos pagamos por nuestros ingresos y es el principal impuesto que pagan los profesionales de la salud.
Régimen de Actividad Empresarial y Profesional
Este es el régimen «clásico» para la consulta privada. En este régimen se paga entre el 1.92% y el 35% de la utilidad.
Ingresos – Gastos = Utilidad
Entre mayores sean los ingresos y menores sean los gastos, mayor es la utilidad y mayor es el pago de impuestos. Es por eso que es tan importante pedir factura de los gastos que sean deducibles, para bajar la utilidad y disminuir el pago de ISR.
Además, en este régimen, las empresas, como las aseguradoras, te retienen el 10% cuando te pagan honorarios. Eso significa que si tienes un cobro pendiente de 10 mil pesos, el seguro te deposita 9 mil a ti y los mil pesos restantes se los entrega al SAT como un «adelanto» de tus impuestos.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Este es un régimen relativamente nuevo, comenzó en 2022. En este régimen se paga entre el 1% y el 2.5% de los ingresos, independientemente de los gastos.
Mientras que en el régimen anterior pagabas dinero por lo que quedaba después de hacer tus gastos deducibles, en este régimen pagas por tu ingreso total.
A simple vista puede parecer mala idea, pero la tasa es tan baja que para la gran mayoría de los profesionales de la salud representa una disminución del pago de ISR considerable.
Otra de sus ventajas es que la retención de ISR que realizan las empresas disminuye al 1.25%. Es decir, si tienes un cobro pendiente de 10 mil pesos con una aseguradora, el seguro te deposita $9,875 pesos y solo le entra $125 al SAT como adelanto de tus impuestos. En ese ejemplo, tu peor escenario sería pagar $125 adicionales por ese ingreso, dejando un pago total de impuestos de $250 que es mucho menor a la retención del régimen pasado.
Lo malo de este régimen es que te pueden expulsar de manera retroactiva si no cumples al 100% con tus obligaciones, lo cual puede ser muy catastrófico para personas que no pidieron factura de sus gastos y se habían beneficiado mucho de estar en el RESICO.
También debes de confirmar que cumples con los requisitos para formar parte del RESICO, ya que no todos pueden aprovechar este régimen.
En conclusión
En nuestra experiencia, el RESICO es el mejor régimen para la consulta privada de la gran mayoría de profesionales de la salud.
Si ya tienes años con tu consulta privada, se puede hacer un comparativo de ambos regímenes usando tus números reales. Eso es algo que hacemos con nuestro diagnóstico contable.
Si apenas vas a iniciar, el RESICO te dará la certeza que nunca te saldrá a pagar mucho de ISR. Solo es importante asegurarse de contar con un buen respaldo contable para que no te expulsen de ese régimen.