Últimamente, varios clientes nos han preguntado si les conviene estar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas morales, pensando que funciona igual que el de personas físicas.
Lamentablemente, no es así.
Diferencias principales
A diferencia del régimen para personas físicas, el RESICO de personas morales no ofrece descuentos en el pago de impuestos.
La tasa de ISR es del 30% sobre la utilidad fiscal, siempre.
En realidad, este régimen se parece más al de personas físicas con actividad empresarial y profesional, quienes pagan entre 1.92% y 35% de sus utilidades.
En términos de impuestos…
El RESICO de personas morales:
- 💸 Paga más impuestos que el RESICO de personas físicas.
- 💸 Paga más impuestos que personas físicas con actividad empresarial y profesional con utilidades menores a ~3 millones anuales.
- 💸 Paga menos impuestos que personas físicas con actividad empresarial y profesional con utilidades mayores a ~3 millones anuales.
En el caso de los profesionales de la salud, en muy pocos escenarios este régimen representa un ahorro real de impuestos.
¿Qué implica operar como persona moral?
En la práctica, las personas morales tienen:
- Mayor pago de impuestos en muchos escenarios.
- Mayor probabilidad de revisión por parte del SAT.
- Mayor carga administrativa (más obligaciones y más complejas).
- Más restricciones para disponer del dinero, ya que no puede usarse libremente para gastos personales.
- Menor facilidad para obtener créditos personales.
Entonces, ¿cuándo conviene ser persona moral?
Desde mi punto de vista, la decisión de constituir una empresa no debe ser meramente fiscal.
Una persona moral es una sociedad: una estructura para que dos o más socios sumen esfuerzos, capital o conocimientos y creen algo nuevo.
Por ejemplo, ADMI es una sociedad. Somos dos socios y necesitábamos una figura que nos permitiera ser ambos “dueños” del proyecto; operar como persona física nunca fue opción para nosotros.
Por eso, cuando un cliente me pregunta si debe constituir una empresa, lo primero que le cuestiono es:
¿Cómo van a trabajar?
- Si dos médicos quieren formar una empresa, pero cada uno atenderá a sus propios pacientes y cobrará por separado, eso no es una sociedad, sino un consultorio compartido con complicaciones innecesarias.
- En cambio, si ambos aportarán capital, conocimiento y trabajo para crear algo nuevo que no dependa de ellos individualmente, entonces sí tiene sentido constituir una empresa.
Casos donde podría convenir hacerlo
Si la motivación es principalmente fiscal, consideraría formar una empresa en los siguientes escenarios:
- Utilidades mayores a 3 millones de pesos anuales.
- Cuando se planea implementar una estrategia fiscal específica que no puede aplicarse como persona física (normalmente con ISR anual superior a 1 millón).
Además, hay otros factores que pueden influir:
- Algunos hospitales o empresas solo contratan proveedores personas morales (por ejemplo, al rentar equipo médico).
- Puede haber ventajas de protección patrimonial, especialmente cuando el patrimonio supera varios millones.
- Posibilidad de atraer inversionistas o socios externos.
En conclusión
Constituir una empresa no es el camino ideal para el 99% de los profesionales de la salud, pero hay excepciones.
Antes de tomar la decisión, lo recomendable es consultarlo con una persona de confianza y con experiencia, para analizar todos los factores y confirmar si realmente es la mejor opción para tu caso.
