Las deducciones personales son deducciones que todas las personas físicas pueden hacer, independientemente de su profesion o actividad económica. Estas se incluyen solamente en la declaración anual.
Todas las personas físicas tienen derecho a las deducciones personales, pero el beneficio varía dependiendo del tipo de ingreso. Estas deducciones no afectan al RESICO, pero si ayudan si estás en nómina o actividad empresarial y profesional.
- Sí, es necesario un comprobante fiscal a tu RFC para la deducción.
Cada deducción personal tiene su uso de CFDI y es lo que utiliza el SAT para precargar la información en tu declaración anual. Todos comienzan con la letra D.
- D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
- D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
- D03 Gastos funerales.
- D04 Donativos.
- D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos
hipotecarios (casa habitación). - D06 Aportaciones voluntarias al SAR.
- D07 Primas por seguros de gastos médicos.
- D08 Gastos de transportación escolar obligatoria.
- D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones.
- D10 Pagos por servicios educativos (colegiaturas).
Recomendamos que todas se paguen con tarjeta, transferencia y cheque.
- Gastos en salud.
- Honorarios médicos, dentales, psicología, nutrición, enfermería, gastos hospitalarios, estudios de imagen, laboratorio, lentes graduados, equipo de rehabilitación, prótesis, medicamentos dentro de hospitales (no en farmacia).
- Gastos funerarios.
- Donativos a donatarias autorizadas.
- Intereses hipotecarios reales pagados.
- Planes personales para el retiro y aportaciones voluntarias/complementarias al AFORE.
- Primas de seguros de gastos médicos.
- Transportación escolar obligatoria.
- Primas que tengan como base planes de pensiones (Artículo 185, Ley del ISR).
- Colegiaturas de preescolar, primaria, secundaria, bachillerato o profesional técnico.
- Donativos: 7% de los ingresos acumulables del año anterior.
- Planes personales para el retiro y aportaciones voluntarias/complementarias al AFORE: 10% de los ingresos acumulables del año o $189,325.50 (el que sea menor).
- Primas que tengan como base planes de pensiones (Artículo 185, Ley del ISR): $152,000.
- Colegiaturas. Monto máximo por estudiante:
- Preescolar $14,200
- Primaria $12,900
- Secundaria $19,900
- Profesional técnico $17,100
- Bachillerato o su equivalente $24,500
- El resto de las deducciones personales en su conjunto: 15% de los ingresos acumulables del año o $189,325.50 (el que sea menor).
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