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SI SOLO HAGO PUBLICACIONES INFORMATIVAS ¿NECESITO AVISO DE PUBLICIDAD DE LA COFEPRIS?

SI SOLO HAGO PUBLICACIONES INFORMATIVAS ¿NECESITO AVISO DE PUBLICIDAD DE LA COFEPRIS?

En varias ocasiones me han preguntado eso o me he topado con clientes que piensan que si no publican precios, no habrá problema con la COFEPRIS. Si es tu caso, te tengo malas noticias. Si necesitas un Aviso de Publicidad de la COFEPRIS.

El «Reglamento de la ley general de salud en materia de publicidad» define anuncio como:

Anuncio publicitario, al mensaje dirigido al público o a un segmento del mismo, con el propósito
de informar sobre la existencia o las características de un producto, servicio o actividad para su
comercialización y venta o para motivar una conducta;

La definición es muy amplia. Si la analizamos a detalle, la diferencia no es el contenido del anuncio, sino el fin del mismo. 

Puedes estar haciendo publicaciones informativas, pero al final lo que buscamos es obtener pacientes. Es por eso que independientemente del tipo de publicación, para la COFEPRIS es un anuncio publicitario y por lo mismo deberías de tener un Aviso de Publicidad.

Fundamento: Artículo 2, Fracción III, Reglamento de la ley general de salud en materia de publicidad.

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ADMI | Lic. Daniel Erro

Daniel Erro es uno de los socios fundadores de ADMI, empresa enfocada a la administración y promoción de profesionales de la salud. Actualmente, apoyamos mensualmente a +500 profesionales de la salud con su contabilidad, nómina, cobranza, marketing digital y trámites ante la COFEPRIS.

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