A finales del año pasado nos contacta una doctora porque le notificaron una orden de suspensión de su publicidad por sus redes sociales y estaba muy asustada.
Antes era raro ver esas órdenes, pero ahora es algo de todos los días. El proceso normal es que suspendas la publicidad, des aviso de la suspensión y luego te regularices.
A pesar de hacer eso, no podemos cambiar el hecho de que ya hubo una infracción por haber hecho publicidad sin cumplir con los requisitos de la COFEPRIS. Esto significa que puede llegar una sanción o multa.
Esas multas pueden llegar a ser montos muy altos, especialmente en casos de reincidencia o si no seguimos lo requerido en la orden de suspensión. En este caso, hubo 2 multas:
- $9,622 por no tener el aviso publicitario.
- $19,244 por no indicar la cédula y la institución educativa que la emitió.
Eso significa que aunque no tengas aviso de publicidad, poner la cédula y la institución que emitió esa cédula te puede ahorrar ~20 mil pesos de multa. En este caso el total fue un poco menos de 30 mil, que puede sonar mucho para algunos, pero la realidad es que el tope de la multa es 1.6 millones, por lo que 30 mil es bastante razonable desde nuestro punto de vista.
¿Necesitas ayuda? Contáctanos para recibir asesoría gratuita o conocer nuestros servicios.
Lic. Daniel Erro > Haz clic AQUÍ para enviarme WhatsApp.