El reparto de utilidades o participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) no es algo nuevo, pero sí es algo poco conocido entre profesionales de la salud.
La razón es que por mucho tiempo se asumió que los doctores no estaban obligados al pago de PTU y por eso ignoraban ese tema. Recientemente, este tema de la PTU ha sido muy popular en redes sociales, lo que ha hecho que cada vez más asistentes exijan el pago de las utilidades.
¿Qué es la PTU?
Existe una obligación de todo patrón de repartir el 10% de las utilidades del año anterior entre sus empleados. Prácticamente todos los que tengan empleados están obligados; las excepciones serían:
- Empresas nuevas durante su primer año de creación.
- Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.
- Empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
¿Cuándo se debe pagar la PTU?
Las empresas la pagan en Mayo. Las personas físicas la pagan en Junio.
¿Cuánto se debe pagar de PTU?
El reparto de utilidades depende de los días trabajados en el año y el salario pagado en el año. El monto está topado a:
- 1 mes de salario para personas que se dedican exclusivamente a servicios profesionales (Artículo 127, Fracción III de la Ley Federal del Trabajo).
- 3 meses de salario para el resto de los giros.
En la práctica, la gran mayoría de los doctores reparte el tope de 1 mes de salario a sus asistentes.
¿Se deben pagar utilidades si no tengo dada de alta a mi asistente en el IMSS?
Recordemos que en una relación laboral existen distintas leyes e instituciones que aplican. Cada una de estas es independiente. Una asistente puede exigirle a su patrón las utilidades y el resto de las prestaciones definidas en la Ley Federal de Trabajo, independientemente de si está dada de alta en el IMSS o no.
De igual manera, si llega una revisión de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, no tener dada de alta a tu asistente no te servirá de defensa alguna (al contrario, empeora las cosas).
En resumen
Si eres profesional de la salud persona física, el mes de Junio se deben pagar las utilidades a tus asistentes y demás colaboradores. El tope usualmente sería 1 mes de salario, pero puedes revisar detalles con tu contador para determinar el número exacto.
