Un ingreso debe declararse, aunque no te pidan factura. Sin embargo, es un hecho que a muchos pacientes no les interesa la factura. Entonces,, ¿qué se debe hacer?
Ventas al público en general
A esos ingresos sin factura se les conoce como ventas al público en general y se deben contemplar dentro de la factura global.
Esta factura global tiene varias diferencias comparadas con tus facturas normales a pacientes:
- Se emiten a un RFC especial «XAXX010101000» y a la razón social «PUBLICO EN GENERAL».
- Se pueden emitir cada día, cada semana o cada mes. El más común, siendo una vez al mes.
- Usualmente se emiten después del cierre del periodo. Es decir, la factura global de Marzo se emite en Abril. Por eso, este tipo de facturas tienen un módulo especial para que indiques a qué mes corresponde el ingreso que estás facturando.
- Entre otras peculiaridades que voy a revisar próximamente en la guía de facturación para profesionales de la salud.
¿Qué puede pasar si no emites estas facturas?
Tenemos dos posibles faltas con el SAT:
- La omisión del ingreso.
- La omisión de la factura.
El principal riesgo es una expulsión del RESICO, ya que se establece que la omisión de ingreso es motivo de expulsión. Además de eso, se corre el riesgo de pagar el impuesto pendiente y las multas por las omisiones.
En ocasiones he visto que declaran el ingreso, pero no lo facturan. No es el deber ser, pero por lo menos no te pueden determinar un impuesto omitido, ya que se declaró todo. Lo que sí pueden hacer es sancionarte por la omisión de la factura.
¿Cómo saber si se están emitiendo?
Si eres cliente de ADMI, puedes estar tranquilo, ya que nosotros apoyamos con la emisión de esta factura utilizando la información del estado de cuenta. Si no eres cliente de ADMI y no estás seguro de cómo se está manejando esto, puedes preguntarle a tu contador o revisar en el SAT si tienes facturas emitidas al RFC XAXX010101000.
